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No cree abogados recuperarán patrimonio sustituyan MP

January 14, 2021
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elsoldelamañanagogle

Santo Domingo.-  El abogado Manuel Sierra-Many- expresó que no cree que vayan a sustituir el Ministerio Público los abogados contratados, mediante decreto, por presidente Luis Abinader para recuperar el patrimonio público sustraído mediante la corrupción.

Precisó que eso es para al aspecto puramente económico y civil, no para lo penal, a pesar de que el Código Procesal Penal establece que una vez se es actor civil, da la facultad de constituir y hasta en ocasiones reemplazar al Ministerio Público.

Indicó que dependiendo como se desarrollen los procesos.

Habló para El Sol de la Mañana, de RCC Media.
De los resultados

Consideró que es posible que tenga resultados el equipo de abogados designado por el decreto 22-21 por el presidente Luis Abinader.

Manifestó que habrá que hacer auditorías para identificar el patrimonio a recuperar dilapidados.

"Pero necesariamente tiene haber avaluaciones, tiene que haber auditorías para partir de un número necesariamente", adujo.

Mediante el referido decreto se instruye a la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo a conformar un equipo de abogados de reputada trayectoria, prestigio y notoriedad.   Su coordinador general será Jorge Luis Polanco Rodríguez y sus coordinadores de equipios José

Luís Taveras, Claudia Álvarez Troncoso, Manuel Conde Cabrera, Rafael Rivas Solano y Fernando P. Henríquez.
Si tiene sentido

El abogado Manuel Sierra entiende que válido el equipo de abogados porque el Ministerio Público pide multas que son sustitutivas de la violación penal.

Expresó que cuando se trate de parte civil, recuperarán la parte económica, que no es una función del Ministerio Público.

Precisó que la ley dispone que el Ministerio Público busque lo penal, no así la recuperación de bienes a consecuencia de indeminzaciones, que es básicamente lo que se va a generar.

Many Sierra dijo que los abogados participarán como ocurrió en los procesos bancarios.

"Donde estaba el Ministerio Público y la parte civil constituída para la recuperación de patrimonios y las indemnizaciones, los daños y perjudicios que se eneral; recuérdense que no sólo se recupera la parte que se presume que fue dilapida sino también que hay una solicitud de daños y perjuicios a consecuencias de esa dilapidación, en caso de que así fuése", explicó.
 

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