Advierte uso de suelo sigue en manos de ayuntamientos hasta que se emita reglamento de Ley 368-22

Por Eduardo Rosario
Publicado el 7 jul 2025

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Santo Domingo. El Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo informó mediante comunicación oficial que hasta tanto no sea emitido el reglamento de aplicación correspondiente, no podrá ejecutarse plenamente lo dispuesto en la Ley 368-22 de Ordenamiento Territorial, particularmente en lo relativo a las competencias de los distritos municipales sobre el uso de suelo.

La aclaración fue dirigida al ministro de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (Mived), Carlos Bonilla Sánchez, en respuesta a una consulta sobre cuál gobierno local —ayuntamiento o junta distrital— tiene la facultad para otorgar permisos o emitir no objeciones para proyectos de construcción.

En su misiva, la Consultoría Jurídica recordó que conforme al artículo 199 de la Constitución, así como a la Ley 176-07 sobre el Distrito Nacional y los Municipios, la competencia en materia de uso de suelo recae sobre los ayuntamientos. Esta disposición ha sido ratificada por el Tribunal Constitucional en múltiples sentencias.

Sin embargo, el artículo 24 de la Ley 368-22 contempla una excepción que permitiría a las juntas de distrito municipal con al menos 15 mil habitantes y capacidad económica y tributaria gestionar estas autorizaciones dentro de su territorio.

No obstante, la aplicación de este artículo está condicionada a la emisión de un reglamento que detalle, entre otros aspectos, cuáles distritos cumplen con dichos requisitos.

“Entre estos aspectos cuya aplicación está sujeta a la emisión del reglamento de aplicación de la ley, se encuentra la identificación de los distritos municipales que cumplen con los estándares requeridos (…) y que podrán, a partir de la publicación del reglamento, emitir válidamente las autorizaciones de uso de suelo”, señala el documento oficial fechado el 7 de julio de 2025.

La comunicación enfatiza que este reglamento será emitido por el Poder Ejecutivo en los próximos días, y hasta entonces, la competencia en materia de uso de suelo sigue siendo exclusiva de los ayuntamientos.

Esta aclaración tiene implicaciones directas en conflictos actuales entre gobiernos locales, especialmente en zonas donde juntas distritales han intentado asumir competencias sin el debido respaldo legal y normativo.

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