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Ernesto Jiménez
Economista y Comunicador social.

Eficiencia fiscal y desarrollo económico

abril 12, 2019
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“El gobierno que con una mano exige aumento de impuestos debe con la otra procurar el aumento de la riqueza”. José Cecilio del Valle

La razón de ser de todo sistema tributario es recaudar recursos económicos para financiar las operaciones del Estado. Esto así, bajo el entendido de que, dentro del contrato social democrático prima el interés colectivo de delegar en autoridades electas la potestad de organizar la vida en sociedad. Por consiguiente, para hacer posible el funcionamiento del andamiaje institucional que está llamado a preservar la paz y la libertad de los ciudadanos, es preciso determinar —bajo criterios racionales— cuán alta será la proporción de sus ingresos con la que cada persona (física y jurídica) aportará a la viabilidad financiera del Estado.

Ahora bien, este sistema de adquisición de fondos para costear la “cosa pública” debe cumplir con ciertos requisitos básicos que le otorguen sostenibilidad y eficacia en aras de lograr su rol primordial de atender las necesidades financieras del Estado. En este orden, la teoría económica ha identificado tres principios básicos que caracterizan a toda estructura fiscal funcional: en primer lugar se encuentra el principio de suficiencia, que se refiere a la capacidad del sistema para financiar el gasto público; en segundo orden se encuentra el principio de equidad, el cual establece que los habitantes de la nación deben tributar al Estado de manera proporcional a sus ingresos; y en tercer lugar está el principio de eficiencia, en el que se establece que el régimen tributario debe alterar mínimamente la decisión de ahorro, producción y consumo de los ciudadanos.

Estos tres elementos fundamentales son, en términos simplificados, los pilares que posibilitan una fácil comprensión de las características que deben adornar a un sistema fiscal efectivo. Por lo tanto, cuando el análisis indica que el sistema tributario bajo estudio no cumple con estas características, es preciso encender las alarmas y profundizar en torno a los elementos que puedan estar distorsionando dicho sistema, debido a que, cuando los gobiernos no son capaces de financiar sus gastos con recursos propios suelen acudir a medios alternos que, por su naturaleza, tienen importantes repercusiones en la estabilidad económica y en el bienestar de la gente.

Dentro de estos “medios alternativos” a los que recurre un Estado cuando agota el caudal de las arcas públicas, el más utilizado es la emisión de deuda soberana o deuda pública. Este vilipendiado y muchas veces mal ponderado recurso de financiamiento afecta sensiblemente variables económicas que inciden poderosamente en la vida de los ciudadanos, como por ejemplo: la oferta de dinero, el ahorro, la tasa de interés y la inflación. En adición, es preciso señalar que los préstamos contraídos por las autoridades de una nación son compromisos vinculantes a todos sus ciudadanos que, a través de impuestos futuros, tendrán la obligación de pagar el precio de la deuda adquirida en el presente.

Por tanto, los Estados tienen la obligación de garantizar sistemas tributarios eficientes que cumplan con los criterios básicos expuestos anteriormente y que, garanticen la armonía, el bienestar y la paz de los habitantes de la demarcación o el país que se encuentre bajo su potestad. Ya que, de no asegurar mecanismos tributarios sostenibles y equitativos, el Estado no será capaz de responder a las demandas perentorias de la sociedad; por consiguiente, se verá conminado a recurrir a soluciones alternas de financiamiento que, a la postre, podrían poner en peligro la estabilidad económica y el bienestar de la sociedad.

 

Ernesto Jiménez / El autor es economista y comunicador.

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