Nuevas políticas para la inclusión de menores en solicitudes de residencia

Incluir a un menor de edad en una petición de residencia en Estados Unidos dependerá de la etapa en la que se encuentre el proceso migratorio, explicó la abogada experta en temas de migración Patricia Polanco.
- Si la petición todavía no ha sido aprobada, el solicitante debe enviar el acta de nacimiento del menor al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS).
Según explicó la especialista, el documento puede enviarse por correo físico, directamente a la oficina donde se encuentra la petición en proceso, o de forma digital, a través de la plataforma electrónica de USCIS.
USCIS recibe el documento si el caso sigue pendiente
El procedimiento cambia cuando la petición ya ha sido aprobada y corresponde iniciar la solicitud de la visa de residencia.
En esta etapa, se realizan los seis pasos correspondientes ante el Centro Nacional de Visas (NVC) y la solicitud para incluir al menor debe hacerse mediante la plataforma electrónica consular.
- Para ello, se debe adjuntar el acta de nacimiento del menor y, una vez que sea incluido en el caso, realizar el pago de US$325 por la visa de residencia y completar el formulario DS-260.
Polanco recomendó tener claro en qué etapa se encuentra la solicitud principal antes de iniciar el proceso, ya que los pasos y la plataforma utilizada varían dependiendo de si la petición continúa pendiente o ya fue aprobada.
Hijos de cónyuges requieren una petición individual
La abogada hizo una aclaración para los casos de petición de cónyuge de un ciudadano estadounidense.
En estas circunstancias, explicó, el menor debe tener una petición individual, por lo que no basta con incluirlo dentro de la petición presentada para el cónyuge.
Por esta razón, antes de realizar cualquier gestión, el solicitante debe identificar en qué fase se encuentra el proceso migratorio principal, ya que el mecanismo para incluir al menor cambia según la petición esté pendiente ante USCIS o haya avanzado a la etapa de solicitud de la visa de residencia.











