








Italia
Italia otorgó por primera vez a dos reclusos autorización para mantener encuentros privados con sus parejas sin la presencia de un guardia como testigo, gracias a un fallo del Tribunal Constitucional que calificó de «ilegítima» la privación de «afectividad» de los condenados.
Uno de los casos involucra a un hombre de 44 años originario de la ciudad de Caserta (sur), quien actualmente cumple una pena de 17 años y 8 meses en la prisión de alta seguridad de Parma (norte) por sus delitos relacionados con la criminalidad organizada.
Su abogada, Pina Di Credico, fue quien inició esta lucha por la «afectividad» de su cliente tras una resolución del Constitucional, en enero de 2024, que abrió la puerta a esta posibilidad, según relata la letrada en una conversación con EFE.
En el fallo, el tribunal consideró «ilegítima» parte de una norma que desde 1975 imponía que todo encuentro entre el detenido y un familiar debía llevarse a cabo bajo la atenta observación de un funcionario, algo que limitaba, cuando no impedía, cualquier tipo de relación sexual.
Concretamente, el Constitucional anuló el artículo 18 de dicha ley que regula el sistema penitenciario y que estipulaba que las citas de un recluso siempre «deben desarrollarse bajo el control visual, no auditivo, del personal de custodia».
Por lo tanto, hasta ahora un preso en Italia solo podía disfrutar de la intimidad con su pareja en libertad, mediante permisos que solo se otorgaban en circunstancias específicas y por los cuales se esperaban años.
Sin embargo, finalmente se ha reconocido que un condenado tiene derecho a tocar a su pareja sin que un funcionario sea testigo, siempre y cuando su comportamiento sea adecuado y no lo impidan «motivos de seguridad», como la posibilidad de interferir en delitos más allá de las rejas a través de su visitante.
Con este veredicto en mano, y tras consultar a su cliente, la abogada decidió comenzar a reclamar a las autoridades del penal que cumplieran con esta disposición y permitieran al recluso mantener un encuentro privado e íntimo con su esposa.
Sus esfuerzos han durado meses, pero la autorización finalmente ha llegado: el Tribunal de Vigilancia Penitenciaria de Reggio Emilia (norte) ha ordenado a la cárcel permitir al reo «un encuentro vis a vis íntimo sin control visual de la Policía» y encontrar un lugar para ello en un plazo de sesenta días.
Mientras tanto, explica su defensora, deberá ofrecer una sala «temporal».
«La afectividad es un derecho imprescindible de los presos. No son bestias en cautividad, no se puede pretender redimirles manteniéndolos en cautividad (…) Debemos recuperar a las personas», sostiene Di Credico.
Y también es un derecho, subraya, para sus esposas, a menudo víctimas colaterales de los delitos de sus parejas: «Ellas también sufren al quedarse fuera y permaneciendo vinculadas durante años a sus maridos, viendo vulnerado su propio derecho a la sexualidad», argumenta.
El «encuentro íntimo» de su cliente, explica, aún no ha tenido lugar y están esperando a que la penitenciaría cumpla con las instrucciones del Tribunal de Vigilancia.
Para ello, los responsables del penal deberán habilitar un espacio adecuado y crear un protocolo que permita ponerlo en práctica con total seguridad, así como establecer una duración que, según apunta la abogada, «no puede ser de diez minutos».
Tras esta primera victoria, la defensora ha presentado la misma solicitud para otros dos clientes, todos hombres, aunque todavía no ha recibido respuesta.
El segundo caso que ha trascendido en los últimos días es el de otro detenido en la cárcel de Terni (centro), cerca de Roma, que había solicitado lo mismo, amparándose en el Constitucional, para poder cumplir sus «deseos de paternidad» con su novia.
El Tribunal de Spoleto ha fallado en la misma línea que el de Parma: se debe respetar la voluntad de intimidad del reo.