


Santo Domingo.– La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) anuló una decisión que había dejado sin efecto una sanción por litigación temeraria, restableciendo la vigencia de la ordenanza original contra una litigante y sus abogados en un caso vinculado a un proceso de divorcio.
La alta corte invalidó la sentencia número SCJ-PS-26-0444, al considerar que la Corte de Apelación del Distrito Nacional incurrió en un error al admitir un recurso de revisión civil en un proceso de referimiento.
Origen del caso y sanción impuesta
El caso se originó en un proceso de referimiento en el que la empresa Inmobiliaria Don Juan, S.R.L. obtuvo el levantamiento de una oposición bancaria. En esa misma decisión, el tribunal de primera instancia declaró litigantes temerarios a la parte demandada y a sus representantes legales, imponiéndoles una multa de 1,000 pesos.
Criterio de la Suprema Corte sobre la revisión civil
La Suprema Corte determinó que este recurso no procede en materia de referimiento, debido a su carácter provisional, y que las vías válidas de impugnación son la apelación y la casación.
En consecuencia, la corte casó la sentencia sin envío y dejó vigente la sanción por litigación temeraria contra la parte demandada y sus abogados.
Además, se pronunció el defecto contra la litigante por no comparecer en casación ni depositar memorial de defensa, reafirmando el criterio sobre el uso correcto de los recursos judiciales en el país.








