Otorgan 30 días para declarar bancas de lotería fuera del plan de regularización

La Dirección General de Juegos de Azar (DGJA) otorgó un plazo extraordinario de 30 días para que los propietarios de bancas de lotería, bancas deportivas y otros establecimientos de juegos de azar que quedaron fuera del Plan Nacional de Regularización declaren voluntariamente sus negocios ante las autoridades.
La medida fue anunciada en un comunicado distribuido el 23 de octubre. Sin embargo, la institución no precisó la fecha exacta de vencimiento del plazo ni las consecuencias legales que enfrentarían quienes no respondan al llamado.
La ley contempla penas de prisión y multas
La disposición se produce en el contexto de la Ley 86-26, cuyo artículo 162 establece penas de uno a dos años de prisión y multas de tres a seis salarios mínimos del sector público para quienes operen juegos de azar sin la licencia correspondiente.
- Asimismo, la Resolución 02-2026 contempla medidas de cierre y sanciones administrativas para los establecimientos que hayan iniciado sus operaciones fuera de los plazos legales y sin autorización.
Estas disposiciones establecen consecuencias para la operación irregular de negocios de juegos de azar, aunque el comunicado de la DGJA no detalla cómo se aplicarán en el caso de los operadores que decidan no acogerse al plazo extraordinario.
Plazo de regularización y registro
Por otro lado, el artículo 190 de la Ley 86-26 establece un período de 12 meses para la incorporación al Sistema Único de Registro de establecimientos que ya operaban legalmente y de determinadas bancas acogidas al plan de regularización.
En ese contexto, la DGJA exhortó a los operadores potencialmente irregulares a identificarse ante el Estado y declarar sus establecimientos.
- No obstante, la comunicación oficial tampoco aclara las condiciones aplicables a quienes se presenten voluntariamente ni las medidas específicas que podrían adoptarse contra quienes permanezcan fuera del proceso de regularización.











