Lockward lleva caso contra RD ante la CIDH; OEA pide responder antes del 30 de agosto

Por Rosa Soto
Publicado el 6 ago 2026

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), organismo de la Organización de Estados Americanos (OEA), conoce un proceso contra el Estado dominicano por el alegado “encierro ilegal” del abogado Ángel Lockward ocurrido en 2003, y otorgó un plazo hasta el próximo 30 de agosto para que el país responda sobre las medidas adoptadas frente a las recomendaciones emitidas.

Un documento firmado por el secretario ejecutivo adjunto de la CIDH, Jorge Meza Flores, dirigido a Lockward, establece que el organismo aprobó un informe de conclusiones y recomendaciones sobre el caso, conforme al artículo 50 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El documento señala que dicho informe fue comunicado al Estado dominicano, al que se le solicitó informar, en un período de dos meses, sobre las acciones implementadas para cumplir con las recomendaciones de la Comisión y solucionar la situación denunciada.

Estado debe responder sobre recomendaciones de la CIDH

Según el expediente, la Cancillería dominicana había solicitado la caducidad del caso ante la CIDH, pero la petición fue rechazada, por lo que el Estado deberá responder si corrigió, mediante negociación, las situaciones denunciadas o si el proceso avanzará hacia una nueva etapa judicial internacional.

El reclamo está relacionado con actuaciones atribuidas a autoridades judiciales dominicanas de la época, entre ellas Víctor Céspedes y Máximo Aristy Caraballo, quienes ocupaban las posiciones de procurador general de la República y fiscal del Distrito Nacional, respectivamente.

La posición de Lockward sostiene que la propia justicia dominicana, mediante una sentencia de la Suprema Corte de Justicia, estableció de manera definitiva que la prisión a la que fue sometido fue ilegal.

Lockward somete magistrada ante Consejo del Poder Judicial

Recientemente, Ángel Lockward presentó una acción disciplinaria contra la magistrada Altagracia Ramírez ante el Consejo del Poder Judicial, alegando supuestas violaciones procesales en la resolución número 060-2026-SPRE-000200, del 29 de mayo de 2026.

  • De acuerdo con el planteamiento del abogado, dicha decisión dispuso el envío a juicio de fondo sin conocer previamente aspectos relacionados con la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso y una excepción de constitucionalidad presentada.

Como parte de este proceso, ya fueron interrogados Lockward y Juan Tomás Polanco.

Antecedentes judiciales

El expediente también hace referencia al denominado caso de los cupones de GLP, proceso en el que Lockward fue absuelto mediante la sentencia número 340-2008.

En ese caso, los 26 procesados fueron descargados luego de que compareciera el excontralor general Federico José Lalane, quien, según consta en la sentencia, admitió en audiencia pública que el informe de auditoría utilizado en el proceso presentaba irregularidades.

  • Por ese expediente, se solicitaron inhibiciones y recusaciones de funcionarios judiciales, mientras que el entonces presidente Hipólito Mejía envió una carta de disculpa a Lockward en abril de 2004 por declaraciones de funcionarios que, según expresó, no lo vinculaban con actos contrarios a la ley.

También el expresidente Salvador Jorge Blanco reconoció mediante una nota manuscrita la labor realizada por Lockward durante su gestión en la Secretaría de Estado de Industria y Comercio.

Caso llega a instancia internacional

Lockward sostiene que fue detenido sin una orden judicial y que, tras la decisión de la Suprema Corte de Justicia que determinó la ilegalidad de la prisión, acudió ante la CIDH.

El caso, identificado con el número 13.031, fue admitido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en 2016 y actualmente se encuentra bajo análisis mediante el Informe de Fondo No. 161-25, comunicado al Estado dominicano a través de la Cancillería.

  • El proceso podría avanzar hacia la Corte Interamericana de Derechos Humanos si no se logra una solución conforme a las recomendaciones del organismo internacional.
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