Trece medicamentos tendrán cobertura total para tratamientos de alto costo

Trece medicamentos para tratamientos de alto costo tendrán cobertura total y sin copagos para los afiliados al Seguro Familiar de Salud (SFS), según la Resolución 645-16, emitida el 1 de octubre de 2026 por el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS).
Los medicamentos están destinados a pacientes con distintos tipos de cáncer, enfermedades inmunomediadas, enfermedades raras y otras condiciones de salud. La resolución también establece un aumento de RD$50.64 en el costo per cápita mensual del SFS del Régimen Contributivo para financiar estos tratamientos.
RD$48.46 irán al fondo especializado
De ese incremento, RD$48.46 serán destinados directamente a la cuenta especializada del Fondo de Atención Médica de Alto Costo (Fomac), mientras que RD$2.18 serán transferidos a las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) para prestaciones complementarias y gastos administrativos.
- La gestión y compra conjunta de los medicamentos estará a cargo de la Dirección de Acceso a Medicamentos de Alto Costo (Damac), del Ministerio de Salud Pública.
En oncología de adultos se incorporan Ribociclib y Palbociclib para determinados casos de cáncer de mama avanzado o metastásico, además de Pembrolizumab para casos específicos de cáncer de mama triple negativo y cáncer de pulmón de células no pequeñas.
Medicamentos para distintas enfermedades
Para enfermedades inmunomediadas se incluyen Adalimumab, Etanercept, Golimumab, Infliximab, Tocilizumab y Ustekinumab, indicados para condiciones como artritis reumatoide, artritis psoriásica, psoriasis en placa, enfermedad de Crohn y colitis ulcerativa.
- En cáncer infantil se incorporan Blinatumomab y PEG-Asparaginasa para la leucemia linfoblástica aguda, además de Pembrolizumab para determinados pacientes pediátricos con linfoma de Hodgkin refractario o en recaída.
El listado también contempla Octreótide para la acromegalia en adultos y Risdiplam para pacientes con atrofia muscular espinal tipos 1, 2 y 3.
La resolución establece que los recursos del fondo especializado serán administrados conforme al esquema establecido por el Sistema Dominicano de Seguridad Social.











