Si las tres causales son inconstitucionales entonces también es inconstitucional la legítima defensa
Una mujer llega de emergencia a un hospital con un embarazo que compromete su vida. El médico que la recibe sabe qué hacer. Pero antes de actuar, duda. Y esa duda, en medicina, puede costar una vida.
Desde el 3 de agosto está en vigor el nuevo Código Penal, y con él quedó codificada la penalización absoluta del aborto, con penas de dos años de prisión para las mujeres y de tres a treinta años para el personal médico, con un artículo que supuestamente autoriza al médico a actuar, pero es tan ambiguo que lo único que produce es la parálisis antes mencionada.
Dejaron fuera las tres causales, que son: riesgo de vida de la madre, inviabilidad del feto y embarazo por violación o incesto.
O lo que es lo mismo, si una niña es violada y embarazada por su padre, por su hermano, por un turista ruso o un obrero haitiano, tendrá que parir a la fuerza y, cuando salga el violador de la cárcel (si va a la cárcel), ella tendrá que permitir a su papá y abuelo de su hija, al violador ruso o al haitiano que visiten y tengan derechos paternales.
¿Conocen algo más cruel?
Porque hablemos claro: la Constitución dice que la vida es sagrada y, a la vez, acepta la legítima defensa. Por ende, si las causales son inconstitucionales, también la legítima defensa es inconstitucional y así, si matas a alguien defendiendo tu familia, irás preso.
Tenemos que entender que las tres causales no son ideología. Son medicina, son derecho, son sensatez que debemos lograr.











